El día 21 de octubre de 2022, entró en vigor lo que ahora se conoce como la Ley de memoria democrática. La Ley 20/2022, de 19 de octubre, tiene como objetivo, recuperar, salvaguardar, reivindicar, y también defender los valores de la democracia, así como los derechos y libertades en España.
Esta nueva Ley reconoce a todas aquellas personas, hombres y mujeres, que experimentaron una persecución o violencia, debido a sus creencias políticas, ideológicas, religiosas, o de orientación sexual, durante el golpe de Estado de 1936.
¿En qué consiste la Ley de memoria democrática?
Cabe señalar que la Ley de memoria democrática reconoce igualmente a las personas que fueron perseguidas por sus ideales durante la Guerra de España, y durante la Dictadura de Franco.
Pero además de reconocerlas, la Ley 20/2022, de 19 de octubre, también les brinda la reparación moral, así como la recuperación de su memoria, tanto personal, como familiar, e incluso colectiva.
Y eso no es todo, esta nueva ley condena el golpe de Estado ocurrido el 18 de julio de 1936, además de la dictadura de Francisco Franco. Por lo tanto, la Ley de memoria democrática declara ilegal dicho régimen, consecuencia del golpe militar.
Básicamente, la ley pretende rendir tributo a todas aquellas personas que se vieron obligadas a abandonar España por la persecución política, religiosa, e ideológica.
A través de la Ley de memoria democrática es posible solicitar la nacionalidad española.
¿Quiénes pueden solicitar la nacionalidad española por la ley de memoria democrática?
Como se mencionaba, uno de los aspectos más destacados de la Ley de memoria democrática, es que permite solicitar la nacionalidad española. Sin embargo, ¿quiénes tienen derecho a ello?
En primer lugar los hijos y nietos de ciudadanos españoles, que hayan nacido fuera de España. Sus padres deben haber sido exiliados y escapar de España por razones de persecución política, religiosa, o ideológica. Los hijos y nietos podrán solicitar la nacionalidad española por el Artículo 20.
También pueden solicitar la nacionalidad los hijos de mujeres españolas que hayan perdido la nacionalidad española al contraer matrimonio. Lo anterior antes de que la Constitución española de 1978 entrara en vigor.
Igualmente pueden solicitar la nacionalidad los hijos de ciudadanos españoles por la Ley de memoria histórica. Deben ser hijos mayores de edad, con nacionalidad de origen reconocida.
Finalmente, tanto los brigadistas, como sus descendientes, también pueden solicitar la nacionalidad española por la Ley de memoria democrática. Se refiere a brigadistas que hayan participado en la Guerra española de 1936 a 1939.
Solicitud de nacionalidad española por la Ley de memoria democrática
Si quieres solicitar la nacionalidad española por la Ley de memoria democrática, debes acudir al Consulado del país donde actualmente tengas tu residencia.
No obstante, todavía no existe un protocolo para llevar a cabo dicho trámite. Sin embargo, la solicitud debe estar formalizada en un período no mayor a dos años, a partir de la entrada en vigor de la nueva Ley.
¿Cuáles son los requisitos y documentación?
Para todos los casos antes mencionados, es indispensable presentar la siguiente documentación:
- Pasaporte vigente.
- Certificado de nacimiento del solicitante. Dicho documento debe ser expedido por el Registro Civil del país donde vive actualmente.
- También se exige el Certificado de nacimiento de los padres o abuelos del solicitante.
- Si el solicitante es un nieto, debe aportarse el Certificado de nacimiento de los padres.
- Igualmente se requiere los documentos que validen la condición de exiliado del familiar.
- Si el solicitante es hijo de una mujer española que perdió su nacionalidad por casarse, debe presentar el Certificado de nacimiento de la madre.
- También el Certificado de matrimonio con el extranjero.
- En caso de que se solicite la nacionalidad por la Ley de memoria histórica, se debe presentar el Certificado de nacimiento español del padre o la madre.